El Concejo Municipal , que desde días pasados hizo pública la convocatoria y extendió una invitación a todos los profesionales del derecho, reveló la lista oficial de ciudadanos inscritos, entre los cuales se encuentran:
1) JULIO ARBEY MENDIETA LLANOS
2) JUAN CARLOS ARIAS MONTOYA
3) PEDRO LUIS CHARRY VARGAS
4) MARLEN PILAR ORTIZ HIGUITA
5) JAIRO CANO AGUDELO
6) JULIO CESAR GARCIA OSPINA
7) VICTOR HUGO SALAZAR CADAVID
8) FRANKY DIAZ VALENCIA
9) CLAUDIA PATRICIA MEDINA GAMBA
10) GERSON ALEJANDRO VERGARA TRUJILLO
11) JESSICA NATALIA MUÑOZ ARISTIZABAL
12) HECTOR FABIO GARCIA GARCIA
13) LORENZA VELASQUEZ CARDONA
14) MARIA ELENA CEBALLOS AVIVI
15) JUAN CARLOS GOMEZ GAVIRIA
16) NATALIA ANDREA CARDONA HENAO
17) JUAN DAVID VILLA ROMERO
18) WILLIAM GONZALEZ NAVARRO
19) SANTIAGO NIETO ECHEVERRY
20) ANDRES GONZALEZ ARANGO
21) CRISTIAN ALEXANDER AGUDELO ARIAS
22) LYDA MARCELA ZULUAGA ZULETA
23) MEDARDO ANDRES AGUIRRE TORO
De este grupo de postulantes, se elegirá al sucesor de Mario Javier Jordán.
El proximo jueves 10 de diciembre de 2.015, se publicará por parte d el Concejo Municipal la lista de admitidos y no admitidos.
Funciones del Personero
La Personería es un ente del Ministerio Público que representa la comunidad ante la Administración Municipal; ejerce, vigila y hace control sobre su gestión; vela por la promoción y protección de los derechos humanos; vigila el debido proceso, la conservación del medio ambiente, el patrimonio público y la prestación eficiente de los servicios públicos, garantizando a la ciudadanía la defensa de sus derechos e intereses sociales de todos los colombianos.
Según la Ley 136 de 1994 en el artículo 178, establece que el Personero ejercerá en el Municipio, las funciones de Ministerio Público, además de las que determinen la Constitución, la Ley y los Acuerdos.
Velar por el cumplimiento de la Constitución, las leyes, los acuerdos y las sentencias judiciales.
Recibir quejas y reclamos sobre el funcionamiento de la Administración y procurar la efectividad de los derechos e intereses de los asociados.
Realizar visitas, inspecciones y las actuaciones que estime oportunas en todas las dependencias de la Administración municipal para el cabal cumplimiento de sus atribuciones en materia del tesoro público municipal.
Orientar a los ciudadanos en sus relaciones con la Administración, indicándoles a dónde deben dirigirse para la solución de sus problemas.
Velar por la efectividad del derecho de petición. Por eso, debe instruir a quienes deseen presentar una petición o escribir el documento de quienes no pueden o no saben hacerlo.
Exigir de las autoridades las medidas necesarias para impedir la propagación de epidemias y asegurar la protección de la diversidad e integridad del medio ambiente y la conservación de áreas de especial importancia ecológica.
Vigilar la conducta oficial de los ediles, empleados y trabajadores del Municipio, verificar que desempeñen cumplidamente sus deberes, adelantar las investigaciones disciplinarias e imponer las sanciones que fueren del caso todo de conformidad con las disposiciones vigentes.
Procurar la defensa de los derechos e intereses del consumidor, promoviendo y desarrollando acciones pedagógicas para el conocimiento de los mismos y vigilando de manera eficaz el cumplimiento de las disposiciones legales por parte de los productores y proveedores de bienes y servicios.

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